¿Es posible cambiar de colegio al hijo común sin el consentimiento del otro progenitor?
Son comunes los desacuerdos y problemas que nacen entre padres por el tema de la escolarización de los hijos en común o más específicamente, por la decisión del distrito, comunidad o escuela donde quieren inscribir a sus hijos.
Al igual que algunos problemas de salud, este es un problema legal que cada año en la misma temporada de inicio de año escolar, llama a la actuación de abogados y tribunales para aclarar las cosas y lamentablemente, también para tomar una decisión que los padres deberían poder tomar sin problemas.
¿Quién decide el colegio del hijo cuando los padres están divorciados?
Es la pregunta común e incluso la manera en que uno de los padres suele pretender presentar el caso. Normalmente aquel padre que ha ganado la custodia del hijo comete el error de confundir la guarda y custodia con la patria potestad.
Justamente es este tema el que abre más los ojos a la sociedad sobre la diferencia entre ambos términos.
La guarda y custodia se refiere al padre que ante un divorcio obtiene de un tribunal el derecho a permanecer con el niño o hijos en común bajo su custodia, con régimen de visitas para el otro progenitor y la pensión alimenticia que decida el juez, pero ello de ninguna manera implica que el otro progenitor haya perdido su derecho a la patria potestad sobre sus hijos.
Ello solo ocurre en casos extremos que no necesariamente están inmersos en el tema del divorcio o separación.
Incluso para casos en que el divorcio ha sido de mutuo acuerdo, podrían nacer estas diferencias sobre el colegio en el que deberá estudiar el hijo en común.
Si no es el padre que tiene la custodia quien decide el colegio del niño ¿quién lo hace?
Ante una diferencia insalvable al respecto tendrá que actuar un juez pero más allá de esta acción última, el padre que decida tomar una decisión sobre cambio de colegio del niño sin consultar al otro progenitor podrá tener problemas ante los tribunales, llegando al extremo de perder la custodia del menor.
Siempre las decisiones judiciales en estos casos son posteriores a un análisis completo de los mismos, los procesos a que haya lugar y los alegatos de las partes, por tanto, no siempre será el mismo resultado final.
La Audiencia Provincial de Vizcaya, Sección 4ª (10 de diciembre de 2014), dictó una sentencia que dio al traste con las intenciones de un padre de quitar la guarda y custodia a su expareja, viendo afectados sus derechos de patria potestad por parte de la madre de su hija, quien la cambió de colegio sin comunicación ni autorización de parte del padre, creyendo tener ese derecho por ganar la custodia ante un juez, decidió llevar el asunto a un tribunal.
Debe entenderse el ejemplo, el tribunal decidió no quitar la custodia a la madre, pero el solo hecho de atender el caso demuestra que sí hay una causa legal y una violación de parte de la madre de los términos en que habían quedado luego del divorcio, pues si bien ella ganó la guarda y custodia de su hija, la patria potestad sobre la misma sigue siendo un elemento que incumbe a ambos padres.
Además de ello, la madre sabe que de reincidir en su conducta de tomar decisiones que competen a ambos la ley puede terminar cediendo a la demanda del padre y ella perdería la custodia de la niña.
¿Qué ocurre si no hay divorcio, pero los padres no se ponen de acuerdo para elegir el colegio del hijo en común?
Aún sin existir divorcio de por medio, uno de los padres puede asistir a un tribunal, si no se le ha consultado al respecto del cambio de colegio sigue existiendo violación de su derecho a la patria potestad, este tema no cambia (salvo excepciones) para divorcios o parejas que sigan casadas.
Estas decisiones que afectan y determinan la vida de los niños tienen que ser de conocimiento de ambos y ser acordadas antes de tomar decisiones.
Si es el caso de padres casados, igual deben asistir ante un juez, pero debe tenerse en cuenta que el hijo mayor de doce años tiene derecho también de expresarse ante el juez, pudiendo su declaración o preferencia por el colegio inclinar la decisión siempre que no hubiera elementos de mayor fuerza en el caso.
¿Qué es lo más recomendable ante una duda o diferencia en la elección del colegio?
Lo mejor en estos casos es contratar un bufete de abogados con profesionales que conozcan del tema de la custodia, patria potestad y casos de atención y decisión en la vida de los hijos en común de una pareja.
Es mejor contratar la asesoría antes y tener resultados consensuados que permitan una fluidez en la relación familiar que hacerlo luego de tomar una decisión e incluso iniciar el proceso/papeleo para el cambio de colegio, a sabiendas de que podría ser revertido por una decisión judicial.
¿Qué es lo más importante en estos casos?
Obviamente que el punto central no es cual padre tiene la razón, el sujeto más importante a todo efecto son los hijos.
Son ellos quienes terminan afectados. Para un niño no puede ser fácil visitar una escuela que su madre ya le informa será su nuevo lugar de estudio para que luego un juez revoque tal decisión y ordene su inscripción en el colegio anterior por violación de la madre a los derechos de patria potestad del padre.
Lamentablemente ocurre cada vez con más frecuencia, que algunos padres se toman todos los temas relacionados a la custodia de sus hijos como un asunto de cual puede más y quién se sale con la suya, como si de un pulso se tratase, olvidando como se sienten los niños y sobre todo, como podría afectarles a estos psicológicamente tal lucha tanto en el momento como a futuro.
Las consecuencias en la vida futura de los hijos en común es algo que este tipo de padres no sopesan y a veces ni imaginan el daño que hacen con acciones de este tipo.