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En Colombia aprueban el uso industrial del cannabis en alimentos, bebidas y textiles

La resolución 227 también contempla el uso de algunos componentes no psicoactivos en la elaboración de suplementos alimenticios

Uso industrial del cannabis en alimentos, bebidas y textiles en Colombia.

El presidente de Colombia, Iván Duque, informó este domingo que desde la presidencia y en trabajo conjunto con los ministerios de Salud, Justicia y Agricultura, emitieron la resolución 227 del 2022, la cual establece y definen los procedimientos correspondientes con el uso industrial del cannabis en sectores de alimentos, bebidas y textiles.

“Estos usos tienen que ver con los componentes no psicoactivos”, aclaró el mandatario.

Así mismo, indicó que con esta medida Colombia se sitúa a la vanguardia de la reglamentación del uso del cannabis medicinal y sus derivaciones de usos industriales.

Adicionalmente, Duque explicó que la resolución establece que definirán cupos y tarifas, y dicha reglamentación debe concluir antes de un mes

“Con esta resolución 227 del año 2022 Colombia da un paso muy importante a la vanguardia regulatoria en América Latina y el Caribe”, resaltó el mandatario, agregando que los sectores de textiles, alimentos y bebidas -alcohólicas y no alcohólicas-, podrán ofrecer sus productos en el mercado nacional y extranjero.

Además, el jefe de Estado señaló que han avanzado en los créditos para pequeños y medianos productores a través del Banco Agrario, donde también se les facilita a los productores de cannabis medicinal, todos los temas de manejo de divisas, monetización y comercialización desde Colombia.

Por su parte el Ministro de Salud y Protección Social, Fernando Ruiz Gómez, destacó la importancia de las disposiciones sanitarias y reglamento de etiquetado establecido por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima).

Otras disposiciones incluidas en la resolución

La resolución 227 también contempla el uso de algunos componentes no psicoactivos en la elaboración de suplementos alimenticios.

De igual forma, la normativa incluye los granos y semillas para siembra en la utilización de fines industriales, alimenticios y hortícolas, de acuerdo con la Convención Única de Estupefacientes de 1961 y su Protocolo de Modificaciones de 1972, aprobada en la Ley 13 de 1974.

Resolución 227 refuerza el decreto 811 del 2021

En el año 2021 el gobierno colombiano dio el primer paso para definir los protocolos de exportación de la flor seca de cannabis, a través del decreto 811.

Hace un año, dicho decreto planteaba la posibilidad de traspasar los límites de fiscalización, establecidos en 0,2 % de THC (Tetrahidrocannabinol) para los productos que contenían cannabis.

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Periodista - Redactora web - Amante de los animales

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